Folleto que hemos repartido a los trabajadores/as municipales hoy
LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS POR EL GOBIERNO PARA EL PAGO DE LOS PROVEEDORES DE LOS AYUNTAMIENITOS EN LOS R.D. 4/2012 y 7/2012, PUEDEN SUPONER DESPIDOS COLECTIVOS EN LA MAYORÍA DE LOS AYUNTAMIENTOS Y CC.AA.
R.D. 4/2012
¿Quién puede acogerse?:
· Art. 2. Afecta a las contratas, obras, servicios o suministros.
¿Qué deben hacer los Ayuntamientos?
· Publicar todas las deudas y/o facturas sin pagar a proveedores sin pagar antes del 1 de enero de 2012.
· Presentar un Plan de Ajuste Económico.
¿Qué plazos hay?:
· El 15 de marzo: último día para que los Ayuntamientos publiquen y presentes la deuda (facturas) a proveedores.
· El 30 de marzo: último día para presentar el Plan de Ajuste. Previa aprobación en el Pleno Municipal.
¿Quiénes son responsables de que se ejecute el plan? Art. 5
· Los/as Interventores/as Municipales y resto del funcionariado.
· Responsabilidad disciplinaria en caso de no colaboración.
¿Qué quiere decir Plan de Ajuste?: Art. 7.
· PLAN DE AJUSTE: recorte de gastos y nueva reorganización municipal: eliminación de puestos de trabajo, departamentos y concejalías.
· Nivelar ingresos y gastos, con medidas de incrementos de ingresos y reducción de gastos.
¿Qué debe contener el Plan de Ajuste? Art. 7.
· Descripción y calendario de aplicación de las reformas estructurales de los Ayuntamientos.
· Modificación de la Organización de la Corporación Local (eliminación de servicios y departamentos).
¿Que implica el endeudamiento municipal? Art. 10.
· La cesión al Estado de los derechos de las Entidades Locales de los tributos del mismo.
¿Qué pasa si un Ayuntamiento no se acoge a este Plan o lo incumple una vez acogido? Art. 11 y 12.
· En caso de incumplir con los pagos a proveedores el Ministerio de Hacienda retendrán las aportaciones del Estado a este Ayuntamiento, pagando directamente a los proveedores. Las Retenciones podrán extenderse a ejercicios siguientes.
R.D. 7/2012:
¿Cuánto tiempo tienen para pagar la deuda los Ayuntamientos?
· 10 años con 2 de carencia en el que solo se abonarán intereses.
¿Con que fondo se va a pagar la deuda? Art. 2.
· Se ha creado un Fondo para la Financiación de Pagos a Proveedores. Dotado inicialmente con 18.000 millones de euros y con entidad jurídica propia
¿Cómo se gestiona el Fondo? Art. 5 y 10.
· Mediante un Consejo Rector del Fondo. El Fondo queda adscrito al Ministerio de Economía, pero bajo el control y tutela del Ministerio de Hacienda.
· Permite contratar Consultoras Privadas para gestionar este fondo y con gasto al propio Ayuntamiento.
¿Quién paga a los proveedores?
· Los Bancos que aplicarán un interés entorno al 5% a los Ayuntamientos.
VINCULACIÓN CON LA REFORMA LABORAL R.D. Ley 3/2012.
· EREs y DESPIDOS: El hecho de legalizar los Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) y los Despidos por motivos económicos en la Administración, facilita que los Planes de Ajuste para acogerse al plan de pagos a proveedores contemplen reducciones drásticas en el Capitulo 1 Gastos de Personal.
La Reforma Laboral impide aplicar EREs temporales o parciales en la administración, solo con despidos definitivos, se busca claramente la
disminución de los Servicios Públicos gestionados directamente y de las Plantillas de Municipales.
OTRAS MEDIDAS POSIBLES.
· Personal Funcionario de Carrera: con la legislación actual (EBEP 7/2007, Ley 30/1984 y R.D. 365/1995), se pueden aplicar recortes en el número de Empleados Públicos Funcionarios de Carrera, aplicando un Plan de Empleo y dejando a los funcionarios en expectativa de destino. Cobrando salario base, antigüedad, C. de Destino y el 50% del C. Específico, por un año máximo, pasando después a una Excedencia forzosa.
La nueva Ley de acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado para 2011 y los nuevos Decretos que apruebe el Gobierno pueden contemplar medidas excepcionales y permanentes que permitan apartar del servicio activo al funcionariado de carrera que ya han sido aplicados en otros países Europeos, como demandan las Organizaciones Empresariales.
VALORACIÓN DE ESTAS MEDIDAS
· Adoptar medidas para el pago a los proveedores de los Ayuntamientos es necesario y urgente, para permitir la continuidad de las empresas y del empleo.
· Adoptar medidas de control del gasto en los Ayuntamientos es necesario, pero también establecer un marco estable de financiación y competencias de los mismos. Los cual no se afronta de nuevo.
· Hacerlo con la mediación de los Bancos encarece el coste a los Ayuntamientos, beneficiándose solo las entidades Bancarias de las quitas que apliquen los proveedores.
· El plazo de 10 años para pagar los nuevos préstamos contraídos con la Banca por adelantar el pago a los proveedores, son insuficientes para garantizar el mantenimiento de los Servicios Municipales y del Empleo Público.
· Los Planes de Ajuste en estas condiciones van a provocar el despido de Plantillas Municipales.
Estas medidas junto con la Reforma Laboral significan volver a la situación de derechos y condiciones laborales anteriores al periodo Constitucional de 1978 y nos condena a un presente y futuro socio económico de desequilibrio, de falta cohesión social, y de ausencia de cobertura de los derechos básicos elementales, como la salud, la educación y el trabajo digno.
Por ello planteamos nuestro apoyo a medidas como:
· Dirigirse a Grupos Políticos Municipales, Alcaldía e Intervención Municipal para conocer del Plan de Ajuste.
· MOVILIZACIONES POR LA DEFENSA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTRA LA REFORMA LABORAL Y LAS MEDIDAS ORIENTADAS A LA DESTRUCCIÓN DE EMPLEO PÚBLICO:
HUELGA GENERAL EL 29 DE MAZO DE 2012: CONTRA LA REFORMA LABORAL.
QUIEREN ACABAR CON los derechos sociales y laborales, CON TODO
Convocatoria por Los Molinos