viernes, 30 de agosto de 2019
miércoles, 28 de agosto de 2019
Historias de los límites entre Los Molinos y El Espinar (5)
El deslinde de 1672
El primer documento que conocemos sobre los límites del
término de Los Molinos con El Espinar, y también con Guadarrama, Cercedilla y
Collado Mediano, son las actas de deslinde fechadas en 1672, un valioso e
interesante legajo de nuestro Archivo Histórico Municipal, hoy depositado en el
Archivo de la Comunidad de Madrid.
Ese expediente aparece en el inventario que hizo el
Secretario del Ayuntamiento Juan Francisco Vecino en 1898 como “Un libro forrado de pergamino que comprende
el deslinde y amojonamiento de los términos jurisdiccionales de esta Villa con
la de Guadarrama, el Espinar y Cercedilla”, fechado en 1673. En el
inventario actual del Archivo Histórico Municipal aparece como “Apeos de la villa de Los Molinos con las
villas de Guadarrama, El Espinar, Collado Mediano y Cercedilla por ejidos y
dehesas del común”, también fechado en 1673, aunque las actas de deslinde y
amojonamiento entre El Espinar y Los Molinos están fechadas en 1672.
Existen algunas referencias
anteriores y hasta muy anteriores, pues estas fueron zonas en disputa entre
Segovia y Madrid, como lo fueron los territorios del Real de Manzanares y el
Real mismo, en el que se incluyó a Los Molinos aun antes de adquirir la
condición de Villa, con la Comunidad de la Ciudad y la Tierra de Segovia, como
expusimos en el capítulo anterior. Es posible que algo se pudiera deducir de
los documentos emitidos por Alfonso VII a mediados del siglo XII, que aparezca
en los deslindes de 1239 entre Madrid y Segovia, en el reinado de Fernando III,
aunque por lo que hemos visto y entendido solo hay una posible referencia en la
zona cuando se dice: “el XL mojon en el plano de entre Aluende e Cuelga
mures” o en los de 1350, cuando Leonor de Guzmán era
dueña y señora del Real de Manzanares, pero no nos ha dado tiempo a
consultarlos al detalle, porque requiere de mucho tiempo y de mucha paciencia
para intentar entender la grafía y las palabras que en ellos se utilizan,
además algunos están en latín, y, en muchas ocasiones, al no ser una persona
especialista en paleografía se hace casi imposible de comprender.
Un Ayuntamiento más preocupado
por nuestra historia y cultura podría dedicar algunos recursos a contratar la
transcripción por especialistas en paleografía de los documentos de deslindes
del Archivo Histórico Municipal y de otros de ese valiosísimo patrimonio
cultural que tenemos, y también de otros documentos de otros archivos que hagan
referencia a Los Molinos. Con mucho menos de lo que nos cuesta una sola corrida
de novillos, podríamos, sin duda, conseguir la transcripción de todos los
documentos de deslindes y probablemente los de todo el Archivo Histórico.
Hay en nuestro Archivo Histórico Municipal otros documentos
anteriores, de los años 1538, 1569, 1566, 1598 y 1618, que hacen referencia a
pleitos por deslindes con Cercedilla y Guadarrama y de la Cañada Real. También
hay documentos posteriores, de los años 1719, 1731, 1737, 1748, 1777 y 1869 que
tratan igualmente de los límites y litigios con los vecinos pueblos de
Cercedilla, Guadarrama y Collado Mediano, pero no está relacionado ningún
documento de litigios o de nuevo deslinde con El Espinar, más allá de dos hojas de un acta que parecía contener
un dibujo del trazado de los límites, del año 1869, y que no está o no hemos
sabido localizar en el Archivo.
Esa ausencia de litigios por los límites con El Espinar,
frente a los numerosos pleitos por los de Cercedilla, Collado Mediano y
Guadarrama (con este último pueblo todavía hoy no se ha cerrado el deslinde de
mutuo acuerdo) se puede deber a que los deslindes que fueron fijados en el
amojonamiento de 1672 eran unos límites claros e incuestionables, definidos por
la cuerda de la Sierra y la línea que separa las vertientes de aguas (“aguas
vertientes” y “la cuerda” se dice en ese documento) como ha sido la lógica en
las delimitaciones tradicionales entre municipios, provincias, regiones y
también países.
De hecho, en las actas de deslindes de 1672 entre Los Molinos y El Espinar solo se situaron y remarcaron 7 mojones, más dos, uno que se comparte también con Guadarrama y otro que se comparte además con Cercedilla, mientras que con Guadarrama, por ejemplo, en ese mismo período se situaron 24 mojones.
Los deslindes que se hicieron en los años 1672 y 1673, que se puede leer en el citado documento, aunque con cierta dificultad, fueron hechos con una solemnidad, rigurosidad y detalle que se echa de menos en los deslindes posteriores de 1879 y 2004.
No se recurrió a la simplificación de definir los términos trazando líneas rectas virtuales entre mojones, como se hizo en 1898 y 2004, sino que situó de manera precisa la línea límite con los términos de los pueblos vecinos localizando, reconociendo, describiendo y señalando numerosos mojones, definiéndola por las vallas de piedra que separaban los prados y dehesas, por los accidentes geográficos o, como hemos comentado, por la cuerda de la Sierra o la línea de aguas vertientes allí donde era posible, como lo fue en el caso del deslinde con El Espinar.
Ya hemos comentado que estos documentos no son de fácil lectura, especialmente por la caligrafía, pero también el el uso de abreviaturas, la terminología usada y también porque las reglas ortográficas no estaban definidas, por lo que la forma de escribir algunas palabras es diferente a la actual y también porque a veces cambia la forma de escribir una palabra y hasta algunas letras de un escrito a otro o a lo largo del mismo, además que en algunas ocasiones se escriben igual letras diferentes.
Nos hemos atrevido con la transcripción de las Actas de deslinde con El Espinar del año 1672, aun con vacíos y, seguro, errores, aunque no somos, ni mucho menos, especialistas en paleografía. Pero por la importancia de este libro de deslindes y para la reclamación de los límites originales consideramos que se debería buscar su transcripción y certificación por una persona experta en paleografía.
Reflejamos la transcripción del amojonamiento y deslinde de 1672 en las dos imágenes siguientes. Hay más manuscritos sobre el deslinde en ese legajo del Archivo Histórico, como las citaciones, el establecimiento de penas a quien altere los límites, etc., pero lo principal está recogido en ese trabajo hecho sobre la línea el 9 de junio de 1762. La transcripción se ha hecho manteniendo las palabras y letras tal como aparecen o como las he podido entender:
De hecho, en las actas de deslindes de 1672 entre Los Molinos y El Espinar solo se situaron y remarcaron 7 mojones, más dos, uno que se comparte también con Guadarrama y otro que se comparte además con Cercedilla, mientras que con Guadarrama, por ejemplo, en ese mismo período se situaron 24 mojones.
Los deslindes que se hicieron en los años 1672 y 1673, que se puede leer en el citado documento, aunque con cierta dificultad, fueron hechos con una solemnidad, rigurosidad y detalle que se echa de menos en los deslindes posteriores de 1879 y 2004.
No se recurrió a la simplificación de definir los términos trazando líneas rectas virtuales entre mojones, como se hizo en 1898 y 2004, sino que situó de manera precisa la línea límite con los términos de los pueblos vecinos localizando, reconociendo, describiendo y señalando numerosos mojones, definiéndola por las vallas de piedra que separaban los prados y dehesas, por los accidentes geográficos o, como hemos comentado, por la cuerda de la Sierra o la línea de aguas vertientes allí donde era posible, como lo fue en el caso del deslinde con El Espinar.
Ya hemos comentado que estos documentos no son de fácil lectura, especialmente por la caligrafía, pero también el el uso de abreviaturas, la terminología usada y también porque las reglas ortográficas no estaban definidas, por lo que la forma de escribir algunas palabras es diferente a la actual y también porque a veces cambia la forma de escribir una palabra y hasta algunas letras de un escrito a otro o a lo largo del mismo, además que en algunas ocasiones se escriben igual letras diferentes.
Nos hemos atrevido con la transcripción de las Actas de deslinde con El Espinar del año 1672, aun con vacíos y, seguro, errores, aunque no somos, ni mucho menos, especialistas en paleografía. Pero por la importancia de este libro de deslindes y para la reclamación de los límites originales consideramos que se debería buscar su transcripción y certificación por una persona experta en paleografía.
Reflejamos la transcripción del amojonamiento y deslinde de 1672 en las dos imágenes siguientes. Hay más manuscritos sobre el deslinde en ese legajo del Archivo Histórico, como las citaciones, el establecimiento de penas a quien altere los límites, etc., pero lo principal está recogido en ese trabajo hecho sobre la línea el 9 de junio de 1762. La transcripción se ha hecho manteniendo las palabras y letras tal como aparecen o como las he podido entender:
Páginas del Archivo Histórico Municipal, en las que se relata y establece el deslinde y amojonamiento entre Los Molinos y El Espinar, en el año 1672 (existen otros documentos auxiliares) |
Como se puede leer, se consideró que la línea límite entre Los Molinos y El Espinar venía trazada por la vertiente de aguas ("aguas vertientes") de ambos lados de la cuerda de la Sierra, como se reitera durante todo el Acta de la mojonera, y que las cumbres de La Peñota y del Cerro del Mostajo fueron así delimitadas, correspondiendo, por lo tanto, a ambos municipios por igual, además que se hace mención expresa a que la cumbre de La Peñota es compartida.
Más adelante, en las que podemos considerar adendas a las
actas del amojonamiento, se dice también que:
(En la próxima entrada hablaremos de otros documentos que avalan que la línea límite con El Espinar transcurría por la divisoria de las cumbres)“los molinos le toca y pertteneze por parte de la que confina con la villa de el espinar empezando desde cabeza peña el Cuerbo la Sierra adelante a Collado matha las fuentes y Caueza matta las fuentes, azia la deefa de la gargantta que es propia de la villa el espinar siguiendo la derezera arriba a la cumbre aguas vertientes azia Castilla la nueva que queda por jurisdiz.on de la V de los molinos y las aguas vertientes a castilla la vieja por jurrisdz.on de la V de el espinar quedando jurisdiziones en la forma de referida llegan hasto lo altto donde llama Peñota segun esta echa y deslindada la otra mojonera la qual possesson“ (página 40 bis del manuscrito citado).
sábado, 24 de agosto de 2019
Historias de los límites entre Los Molinos y El Espinar (4)
Los deslindes
tradicionales, los amojonamientos, las mojoneras, los apeos, los apeadores...
Tradicionalmente se le daba gran importancia a los deslindes entre los términos municipales y a su amojonamiento, y estos se hacían de una manera rigurosa y con solemnidad, tanto si había acuerdo, como si existía desacuerdo en algunas zonas, lo que era corriente. Nos consta que en algunos casos se celebraba una auténtica ceremonia, con banderas, tambores y música, acompañados de numerosos vecinos de ambos pueblos.
Tradicionalmente se le daba gran importancia a los deslindes entre los términos municipales y a su amojonamiento, y estos se hacían de una manera rigurosa y con solemnidad, tanto si había acuerdo, como si existía desacuerdo en algunas zonas, lo que era corriente. Nos consta que en algunos casos se celebraba una auténtica ceremonia, con banderas, tambores y música, acompañados de numerosos vecinos de ambos pueblos.
Esa importancia que tenían los deslindes venía marcada por las consecuencias que podían tener, por ejemplo en la Sierra, de qué lado quedarán los
pastos, la extracción de leña y madera, la fabricación de carbón, la caza, las
fuentes, las vaguadas, los arroyos, los caminos, las vías pecuarias, los
descansaderos, los pasos de montaña para ganado y personas, los portazgos y
otros derechos de paso, el uso de los pinares y arboledas, los ventisqueros y pozos
de nieve, etc., en unas economías en las que la ganadería y la agricultura eran
fundamentales y el monte era una fuente de recursos esenciales, además de que la
situación de los lindes podían significar la obtención o pérdida de recursos
fiscales (tributos) para los Ayuntamientos.
Así siguiendo unas lógicas rigurosas en cuanto a marcar los
límites, buscando el acuerdo o consenso cuando había diferencias, pues de otra
forma se podían generar enfrentamientos y largos litigios en los tribunales
(por ejemplo, hubo hasta detenciones de ediles de Los Molinos por parte de los alguaciles de
Guadarrama por los deslindes) o señalando las faltas de acuerdo, se procedía a
marcar las lindes de los términos con mojones. En cuanto a las diferencias y pleitos,
fue corriente que se alargaran incluso durante siglos, especialmente al
disputarse zonas en las que se jugaban intereses económicos y fiscales
relevantes.
En la Sierra tenemos noticias, al menos desde el siglo XII, de los deslindes y litigios entre los municipios. Algunos importantes pleitos se dieron entre El Real de Manzanares (perteneciente a la corona) y la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia (una poderosa agrupación de villas de lo que hoy es Segovia, Ávila, Madrid y Toledo)
Los Molinos estuvo incluido en el Real de Manzanares y el Sexmo de El Espinar en la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia. En el Cerro de la Peña del Cuervo (denominación actual del que se llamaba Cerro de Matalafuente) hay un mojón de gran valor histórico, en el que se señala no solo la linde entre Los Molinos y El Espinar, sino también la linde, dentro de El Espinar, entre las tierras de propios de ese pueblo y las que todavía hoy pertenecen a la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia. Ese mojón tiene grabado un símbolo que muy probablemente son los dos arcos superiores del acueducto de Segovia y que fue reconocido en el amojonamiento del año 1672 como "una como zerco de puente".
En las fuentes que hemos consultado no aparecen pleitos por las lindes entre Los Molinos y El Espinar, seguramente, como venimos diciendo, por la claridad de su delimitación, teniendo en cuenta la vertiente de aguas, y por no existir valores económicos notables en disputa.
Sí los hubo durante siglos con Madrid y el Real de Manzanares, pues esa Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia incluía municipios hoy situados en la provincia de Madrid, como Santa María de la Alameda, San Lorenzo de El Escorial, Zarzalejo, Valdemorillo, Villanueva del Pardillo, Navalagamella, Fresnedillas de la Oliva, Robledo de Chavela, Colmenar del Arroyo, Chapinería, Aldea del Fresno, Villamantilla, Villanueva de Perales, Quijorna, Sevilla la Nueva, Navalcarnero, Arroyomolinos, Brunete, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Villaviciosa de Odón, Villamanta, Batres, Serranillos del Valle, El Álamo, Los Grifos y Oteruelo del Valle (pedanías de Rascafría), Rascafría, Alameda del Valle, Pinilla del Valle, Canencia, Bustarviejo, Valdemanco, y Navalafuente.
Un ejemplo de estos litigios, en el año 1184, lo zanjó Alfonso VIII con un "Privilegio" en el que se nombraban los mojones, que según parece fijó y señaló personalmente su abuelo Alfonso VII, seguramente en la primera mitad del siglo XII: «Yo Don Alfonso por la Gracia de Dios Rey y Señor de Toledo, de Castilla y Extremadura apruebo y confirmo y concedo que sea perpetuamente firme a Vos el Concejo de Segovia mis vasallos fieles presentes y venideros, aquél privilegio que el emperador Alfonso mi abuelo os hizo de los mojones que él mismo entre vuestro término y el de Avila fijó y señaló, habiendo andado en ello con sus pies, después del pleito hecho entre vosotros y Avila».
Existen numerosos documentos de deslindes entre Segovia y Madrid, Segovia y Toledo, etc. Uno de los más detallados es el Privilegio de Fernando III demarcando los términos y fijando los mojones entre Madrid, Segovia y aldeas de estas dos villas, del año 1239, en el que se describen y enumeran 43 mojones, y se reitera en muchos de ellos que la linde discurre "assi commo vierten las aguas de parte de Madrid e assi commo vierten las aguasl de la otra parte dinca a los de Segouia".
Los Molinos estuvo incluido en el Real de Manzanares y el Sexmo de El Espinar en la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia. En el Cerro de la Peña del Cuervo (denominación actual del que se llamaba Cerro de Matalafuente) hay un mojón de gran valor histórico, en el que se señala no solo la linde entre Los Molinos y El Espinar, sino también la linde, dentro de El Espinar, entre las tierras de propios de ese pueblo y las que todavía hoy pertenecen a la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia. Ese mojón tiene grabado un símbolo que muy probablemente son los dos arcos superiores del acueducto de Segovia y que fue reconocido en el amojonamiento del año 1672 como "una como zerco de puente".
En las fuentes que hemos consultado no aparecen pleitos por las lindes entre Los Molinos y El Espinar, seguramente, como venimos diciendo, por la claridad de su delimitación, teniendo en cuenta la vertiente de aguas, y por no existir valores económicos notables en disputa.
Sí los hubo durante siglos con Madrid y el Real de Manzanares, pues esa Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia incluía municipios hoy situados en la provincia de Madrid, como Santa María de la Alameda, San Lorenzo de El Escorial, Zarzalejo, Valdemorillo, Villanueva del Pardillo, Navalagamella, Fresnedillas de la Oliva, Robledo de Chavela, Colmenar del Arroyo, Chapinería, Aldea del Fresno, Villamantilla, Villanueva de Perales, Quijorna, Sevilla la Nueva, Navalcarnero, Arroyomolinos, Brunete, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Villaviciosa de Odón, Villamanta, Batres, Serranillos del Valle, El Álamo, Los Grifos y Oteruelo del Valle (pedanías de Rascafría), Rascafría, Alameda del Valle, Pinilla del Valle, Canencia, Bustarviejo, Valdemanco, y Navalafuente.
Un ejemplo de estos litigios, en el año 1184, lo zanjó Alfonso VIII con un "Privilegio" en el que se nombraban los mojones, que según parece fijó y señaló personalmente su abuelo Alfonso VII, seguramente en la primera mitad del siglo XII: «Yo Don Alfonso por la Gracia de Dios Rey y Señor de Toledo, de Castilla y Extremadura apruebo y confirmo y concedo que sea perpetuamente firme a Vos el Concejo de Segovia mis vasallos fieles presentes y venideros, aquél privilegio que el emperador Alfonso mi abuelo os hizo de los mojones que él mismo entre vuestro término y el de Avila fijó y señaló, habiendo andado en ello con sus pies, después del pleito hecho entre vosotros y Avila».
Existen numerosos documentos de deslindes entre Segovia y Madrid, Segovia y Toledo, etc. Uno de los más detallados es el Privilegio de Fernando III demarcando los términos y fijando los mojones entre Madrid, Segovia y aldeas de estas dos villas, del año 1239, en el que se describen y enumeran 43 mojones, y se reitera en muchos de ellos que la linde discurre "assi commo vierten las aguas de parte de Madrid e assi commo vierten las aguasl de la otra parte dinca a los de Segouia".
Una vez llegado al acuerdo entre los Ayuntamientos
o entre las jurisdicciones mayores (deslinde) lo que se hacía para fijar los términos era señalarlos por medio de
elementos naturales indelebles que permitían definir con claridad la divisoria
(un arroyo, unas cumbres, la vertiente de aguas, un barranco, un camino o una
vía pecuaria…) o por elementos artificiales evidentes (una valla de piedra, una
propiedad registrada, etc.) o se grababan símbolos en peñas y piedras (cruces,
cruces de Lorena, cruces sobre montículo o calvario, siglas[1], fechas, etc.) o se
instalaban mojones o hitos labrados tosca o finamente o amontonamientos de
piedra o de tierra, allá donde no había elementos naturales evidentes o se
trataba de zonas llanas, de prados o agrícolas.
Como hemos comentado, en numerosas ocasiones no se llegaba a
un acuerdo en determinadas franjas, lo que se hacía constar en las actas y esas
zonas seguían en disputa hasta que se diera un nuevo acuerdo o un laudo.
Algunos tipos de grabados en diferentes mojones en Los Molinos (Fotos ARG) |
Los mojones que señalaban los términos en zonas de montaña o
propicias solían ser piedras nacientes (nacedizas o nacidizas, es decir salientes
del terreno de la roca madre) o grandes peñas que no se pudieran mover con
facilidad, que se describían en las actas y que se marcaban grabando en ellas
generalmente cruces, y también letras y otros símbolos, lo que conocemos que se
hacía en la época romana y podemos suponer que también en épocas anteriores y
posiblemente desde que se generalizó la ganadería y la agricultura, o
anteriormente por el aprovechamiento de los montes (caza, madera, recolección,
etc.)
Estas actuaciones, conocidas todavía hoy como “la mojonera”,
se hacían sobre el terreno, reuniéndose en las zonas limítrofes las autoridades
o representantes de los municipios vecinos y marchando por ellas, a veces bajo
la presidencia de autoridades de nivel territorial superior, asistidas por funcionarios
y contando con los “apeadores”, que eran personas conocedoras de la zona, a las
que se tomaba juramento y que podían ser neutrales o nombradas por las partes.
Los apeadores solían encargarse también de grabar cruces y señales en los
mojones y parece que en ocasiones repetían ese ritual grabando nuevas cruces
sin que se levantara acta. También por esto en los documentos a veces se
nombran estas actividades como “apeos” o “hapeos”, además de mojonera,
deslindes, amojonamiento…
Los funcionarios o secretarios levantaban actas descriptivas
de la mojonera, en las que aparecían los nombres de los representantes de los
municipios, los de los apeadores, los de las autoridades asistentes, la hora y
lugar del que se partía, las características de los mojones (en nuestra zona
eran casi siempre peñas, piedras, lanchas, pero también algún hito de piedra
puesto para delimitar, pero en otras zonas fueron montículos de piedras o de
tierra, hitos labrados…) las distancias entre ellos, lo que desde ellos se
divisaba, las cruces o marcas que tenían y las nuevas que se grababan y hasta
las incidencias o el tiempo que hacía. Esas actas las firmaban los presentes y
cada parte quedaba con una copia.
También las mojoneras se solían repetir con cierta
frecuencia (hemos leído que en algunas zonas se hacía y aun se hace como
tradición cada nueve años) y en muchos casos se volvían a grabar nuevas cruces
en los mojones acordados por los apeadores.
En las actas de deslinde con El Espinar en 1672, se grabaron cruces en los mojones y se reconocieron otros que ya las tenían grabadas.
Ejemplos de esa insistencia en grabar nuevas cruces o profundizar las que ya habían sido grabadas, los tenemos en Los Molinos. Uno es el notorio, y abandonado, mojón con Cercedilla en la vía límite, en el que hay grabadas, al menos, diecinueve cruces, por lo que puede ser uno de los mojones que cuenta con mayor número de ellas en todo el Estado español y que, sin embargo, se encuentra en estado de abandono y parcialmente tapado con basuras, a pesar de estar definido por la Comunidad de Madrid como Bien de Interés Cultural, el máximo nivel de calificación y protección que tiene un bien en nuestro país.
Ejemplos de esa insistencia en grabar nuevas cruces o profundizar las que ya habían sido grabadas, los tenemos en Los Molinos. Uno es el notorio, y abandonado, mojón con Cercedilla en la vía límite, en el que hay grabadas, al menos, diecinueve cruces, por lo que puede ser uno de los mojones que cuenta con mayor número de ellas en todo el Estado español y que, sin embargo, se encuentra en estado de abandono y parcialmente tapado con basuras, a pesar de estar definido por la Comunidad de Madrid como Bien de Interés Cultural, el máximo nivel de calificación y protección que tiene un bien en nuestro país.
Foto del mojón con Cercedilla que
tiene entre 19 y 20 cruces grabadas (Foto ARG) |
Foto de agosto de 2019 del mismo mojón, tapado con restos de poda por el lado de Los Molinos (Foto ARG) |
Cruz profunda grabada en uno de los mojones entre Los Molinos y Collado Mediano en El Chaparral (Foto ARG) |
[1]
En uno de los mojones de Los Molinos con Guadarrama, detrás del cementerio,
está grabada las fecha 1717. En otros hay letras M o L M, pero en la mayoría
hay cruces algunas de las cuales podemos pensar que eran también símbolos
antropomórficos de hombre y mujer.
(La próxima entrada será sobre el deslinde realizado en el año 1672)
(La próxima entrada será sobre el deslinde realizado en el año 1672)
lunes, 19 de agosto de 2019
Historias de los límites entre Los Molinos y El Espinar (3)
El deslinde del año
1879
Pero el error originario fue anterior, pues en las actas de
deslinde y amojonamiento realizados en 1879 por el Instituto Geográfico y
Estadístico se reconocieron los mismos nueve mojones, situados el primero
(común también con Cercedilla) en el “Cerro
Peñota o Nava del Campillo”, el segundo en el “paradero denominado de Gibraltar”, el tercero en los “Corrales del Mostargo”, el cuarto en “sitio conocido por ladera del Mostargo”,
el quinto “en el sitio denominado Mata
las Fuentes”, el sexto en la “Peña de
Mata las Fuentes”, el séptimo en el “Cerro
llamado Peña del Cuervo”, el octavo en el “alto del Cerro de Peña del Cuervo” y el noveno en el “Cerro llamado de Peña del Cuervo”
(común también con Guadarrama)
En el documento se estableció entonces que la línea límite
era la línea recta entre los mojones señalados, desdeñando lo que había venido
siendo la linde tradicional, marcada por la divisoria de aguas y la valla que
la recorría y recorre.
Portada del Acta de deslinde de 1879 |
En ese deslinde, por Los Molinos asistió y firmó y selló las
actas un guarda municipal (Marcelino Blasco) Nos es desconocido el porqué de ese
nivel de representación del Ayuntamiento de Los Molinos en un asunto entonces
más delicado que ahora, por la importancia que tenía la ganadería, los pastos
comunales, los puertos de montaña, la explotación de la madera y la caza.
Incluso nos cabe la duda, por la grafía de la firma del guarda municipal, de
que si se tratara de una persona con dificultades para leer y escribir, que no
sabemos si fue consciente del trazado rectilíneo que se impuso.
El por qué no
asistieron ni firmaron los representantes políticos del Ayuntamiento de Los
Molinos a esas reuniones no aparece en ninguno de los documentos que hemos
consultado, pero lo más probable es que ese deslinde no fuera considerado
problemático, por su clara definición por la línea divisoria de las vertientes
de aguas, en una zona en que no existen además planicies destacables en la
cuerda de la Sierra, sino que se trata de una línea de aguas vertientes muy
clara en casi todo su recorrido.
Reconocimiento y firma de Marcelino Blasco guarda municipal de Los Molinos en las actas de deslinde de 1879 |
Tampoco asistió, ni a la firma final, ni a los actos de reconocimiento de los mojones (la mojonera) ningún representante del
Ayuntamiento de El Espinar, lo que pudo haberse debido también a la
inexistencia de conflicto en el trazado de los límites entre ambos términos. Por
lo tanto ese deslinde de 1879 no está ratificado por ese Ayuntamiento, a no ser
que se considere que sí lo está por desistimiento.
Sin embargo, cuando se fijaron los límites entre El Espinar
y Guadarrama en 1879, asistió el alcalde y un alguacil de El Espinar y se fijaron 11 mojones. Posteriormente se hicieron entre esos términos de El Espinar y Guadarrama varios amojonamientos más y rectificaciones en 1955, 1963, 1973 y 1995, extendiéndose la lista de mojones en ese último año a 44, de los cuales 24 corresponden a hitos de Monte Público, que fueron reconocidos como límites, mientras que en el deslinde con Los Molinos en 2004 se despreciaron esos hitos y se perdió así la jurisdicción sobre dos de los picos de La Peñota y de la cumbre y parte de las laderas del Cerro del Mostajo, que si se hubiera seguido la línea de mojones de Monte Público se hubieran mantenido dentro de nuestro término municipal.
Parece claro que allí donde había posibilidad de disputas por el valor de las tierras de los deslindes, estos se hacía con más precisión y con un número importante de mojones que la garantizaran. Actualmente, en PlaneaMadrid, aparecen reseñados 60 mojones entre El Espinar y Guadarrama frente a los solo 9 que aparecen y se
establecieron entre El Espinar y Los Molinos y que no han varíado desde 1879.
Un dato significativo, del que seguramente proviene la
pérdida de las cumbres de La Peñota, es que en ese deslinde de 1879 no se
visitaron dos de sus tres cumbres. En él, cuando se nombra el primer mojón
común a Los Molinos, El Espinar y Cercedilla, situado muy cerca de la primera
cumbre (en el Peñotillo o la Nava del Campillo) se señala que “Desde ese mojón no se ha podido visar punto
notable alguno a causa de la mucha niebla”. Es decir, que no se subió a las
dos primeras cumbres de La Peñota, donde está, en la primera, un hito, y en la
segunda y más alta el vértice geodésico, y consiguientemente no se buscaron las
señales que pudiera haber grabadas sobre peñas que pudieran ser mojones que
señalaran la divisoria entre los dos términos municipales, ni se reconocieron
otros hitos que allí existen, por lo que la línea límite paso a ser la recta
entre ese primer mojón y el alto de la Peña de Gibraltar, dejando del lado de
El Espinar las dos cumbres más altas de La Peñota.
Se trató, podemos suponer, de un descuido, desgana o casualidad, del que
no se fue consciente de sus consecuencias, pues a todos los efectos se
consideró que esas tres cumbres se compartían, así como la del Cerro del
Mostajo.
Los pastos, montes y tierras de ambos pueblos siguieron
reconociéndose por la divisoria de aguas y la valla de piedra seca que discurre
siguiendo la misma y no por la línea recta entre mojón y mojón, y las multas a
los ganaderos cuyos animales la sobrepasaban siguieron dándose en función de
esa delimitación y no por una teórica e inmaterial línea recta.
Antes de exponer el trazado de la línea límite entre El
Espinar y Los Molinos en las actas de 1672 (el primer documento que hemos
encontrado) en el que sí se reconocieron las tres cumbres de La Peñota y la del
Cerro del Mostajo como compartidas, creemos importante hacer una referencia al
sistema tradicional de definir esos límites y las diferencias con el aplicado
posteriormente.
(La próxima entrada será sobre las formas tradicionales de realizar los deslindes y amojonamientos entre los términos)
(La próxima entrada será sobre las formas tradicionales de realizar los deslindes y amojonamientos entre los términos)
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